Colombia es una república unitaria según la constitución nacional de 1991. Sin embargo posee una descentralización administrativa como parte de las políticas de desarrollo llevadas a cabo por el gobierno nacional, por medio de la cual gran parte de la administración del Estado se reparte entre las entidades administrativo-territoriales de menor nivel. Dichas entidades, de mayor a menor importancia, son los departamentos, municipios y territorios indígenas, que conforman así los diferentes niveles de organización territorial de la república.
Los Departamentos
Los departamentos son las unidades territoriales de primer nivel en Colombia. El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales. Los departamentos forman regiones geográficas, culturales y económicas. De acuerdo con el Artículo 298 de la Constitución Política de Colombia de 1991, es una entidad territorial que goza de autonomía para la administración de los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución y las leyes.
Las Provincias
Provincia es el nombre genérico aplicado a algunas subdivisiones interinas de los departamentos (más de carácter histórico que jurídico) conformadas por agrupaciones municipales, y que reciben las denominaciones de provincias, distritos, regiones y subregiones, dependiendo de la entidad a la cual pertenecen. La mayoría de los departamentos colombianos presentan éste tipo de organización territorial.
Los Municipios
Los municipios corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos. Colombia posee 1.123 municipios registrados ante el DANE, que de acuerdo con el Artículo 311 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y la Ley 136 de Junio 2 de 1994, es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la Constitución y las leyes de la República.
Los Distritos
Los distritos son entidades territoriales que tienen una o varias características que las destaca o diferencia de entre los municipios circundantes, como puede ser su importancia política, comercial, histórica, turística, cultural, industrial, ambiental, portuaria o fronteriza. De entre los 5 distritos existentes en Colombia, tan solo el Distrito Capital de Bogotá tiene el mismo nivel y categoría que un departamento.
Corregimientos departamentales
En algunos departamentos existe la figura de los corregimientos departamentales. Estos corresponden a un poblado y sus alrededores, los cuales no alcanzan la categoría de municipio. Los corregimientos departamentales se distinguen de los corregimientos corrientes en que no son jurisdicción de ningún municipio. Pueden ser elevados a municipios por las Asambleas Departamentales con el correspondiente visto bueno del Presidente de la República. Actualmente existen 20 corregimientos departamentales en todo el país.
Áreas metropolitanas
Un área metropolitana es, de acuerdo a la Ley 128 de 1994, una entidad administrativa, formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio que sirve de núcleo o metrópoli, vinculados entre sí por estrechas relaciones de orden físico, económico y social, que para la programación y coordinación de su desarrollo y para la racional prestación de sus servicios públicos requiere una administración coordinada. En Colombia han sido configuradas y/o reconocidas unas 10 áreas metropolitanas.
Territorios indígenas
Los territorios indígenas son el tercer nivel de división administrativa en Colombia. Son áreas de régimen especial creados de común acuerdo entre el gobierno y las comunidades indígenas. En casos donde los territorios indígenas abarcan más de un departamento o municipio, los gobiernos locales administran de forma conjunta con los concejos indígenas dichos territorios, tal como está establecido en los artículos 329 y 330 de la Constitución de Colombia. Igualmente los territorios indígenas pueden llegar a tener carácter de entidad territorial cuando cumplen los requisitos de la ley.
Áreas urbanas y rurales
El núcleo fundamental de la administración colombiana es el municipio. Todos los municipios se dividen en dos zonas, de acuerdo a su aglomeración poblacional: la urbana y la rural, que origina a su vez diferentes tipos de subdivisiones municipales.
Las áreas urbanas
El área urbana de un municipio colombiano corresponde al conjunto de edificaciones y estructuras contiguas agrupadas en manzanas, las cuales están delimitadas por calles, carreras o avenidas. Dichas áreas cuentan por lo general con una dotación de servicios esenciales tales como acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, hospitales y colegios, entre otros. En esta categoría están incluidas las ciudades capitales y las cabeceras municipales restantes.
Las comunas y los barrios
Con el nombre de comunas se denomina a una unidad administrativa de una ciudad media o principal del país que agrupa sectores o barrios determinados. La mayoría de las ciudades capitales de departamentos están divididas en comunas. Dichas comunas son creadas por los concejos municipales de cada ciudad, por los concejos distritales o los concejos metropolitanos de acuerdo a las propias necesidades de la población y el territorio que habitan. La creación de comunas tiene como fin la administración de los servicios que se brindan a una población urbana determinada.
Un barrio corresponde generalmente a una agrupación de viviendas delimitada por sus condiciones físicas, económicas o sociales. Es el nivel más básico de división urbana en Colombia.
Área rural
El área rural de un municipio se caracteriza por la disposición dispersa de viviendas y explotaciones agropecuarias existentes en ella. No cuenta con un trazado o nomenclatura de calles, carreteras, avenidas, y demás. Tampoco dispone, por lo general, de servicios públicos y otro tipo de facilidades propias de las áreas urbanas.
Corregimientos y veredas
En Colombia los corregimientos son poblaciones que no alcanzan el carácter de municipio, siendo su jurisdicción territorial supedita a un municipio o, en el caso de los corregimientos departamentales, a un departamento. El nombre de vereda le corresponde a la división territorial de cada corregimiento.